Las nuevas condiciones de recuperacion de la nacionalidad española
Contenido principal del artículo
							Publicado: mar 21, 2001
						
																		
						Número: Vol. 1 Núm. 28 (2001)
				
					
															
				
								
			
			
			
							Resumen
						
						En el artículo 26 del Código civil, ha terminado por confluir el tratamiento de dos hipótesis que con anterioridad a la Ley 51/1982, de 13 de julio (de reforma del Código civil en materia de nacionalidad) habían merecido preceptos específicos. Desde la Ley de Registro civil de 1870 (arts. 106 y 107) hasta la reforma del Código civil operada por Ley 14/1975, fueron tratadas como situaciones formalmente desiguales o diversas, por un lado, la del antiguo español que perdió voluntariamente la nacionalidad; y, por otro lado, la del que hubiera sido privado de ella como consecuencia de las conductas que en cada momento estuvieron tipificadas [vid., Gil Rodríguez/Angoitia Gorostiza, Comentarios al Código civil, II-1°, Barcelona, 2000, p. 175).
Detalles del artículo
																Palabras clave:
							
							
																	recuperación, 																	nacionalidad española, 																	evolución legistaliva, 																	ley, 																	código civil															
						
				Artículos más leídos del mismo autor/a
			
	
			- Federico A. Rodríguez Morata, Emigración y recuperación de la nacionalidad española , Revista Galega de Administración Pública: Vol. 1 Núm. 31 (2002)
 
						