La motivación de los actos de selección y pérdida de la condición de empleado público
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							Publicado: mar 21, 2017
						
																		
						Número: Vol. 1 Núm. 53 (2017)
				
					
															
				
								
			
			
			
							Resumen
						
						La Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no modifica sustancialmente la exigencia de la motivación de los actos que resuelven procedimientos selectivos y de concurrencia competitiva, la cual ha de darse conforme a lo dispuesto en las normas que regulan las convocatorias, acreditándose, a su vez, los fundamentos de la resolución que se adopte, ya sea con una motivación individual para cada interesado, ya sea con una remisión al expediente.
Detalles del artículo
																Palabras clave:
							
							
																	empleado público, selección, adquisición y pérdida, motivación.															
						 
						