Análisis sistemática de la jurisprudencia constitucional y contencioso-administrativa en materia sanitaria
Contenido principal del artículo
							Publicado: mar 31, 1995
						
																		
						Número: Vol. 1 Núm. 10 (1995)
				
					
															
				
								
			
			
			
							Resumen
						
						Colegiarse obligatoriamente como requisito exigido por la ley para el ejercicio de la profesión no constituye una vulneración del derecho y principio de libertad asociativa activa o pasiva. La adscripción obligatoria no impide, de ninguna manera, que los profesionales colegiados puedan asociarse o sindicarse en defensa de sus intereses. La circunstancia de que el ejercicio de la actividad como médico especialista de neurología, o como ayudante técnico sanitario o diplomado en enfermería
Detalles del artículo
																Palabras clave:
							
							
																	constitucional, 																	contencioso-administrativa, 																	sanidad															
						
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