Competencias de las diputaciones provinciales en materia urbanística
Contenido principal del artículo
							Publicado: abr  1, 1995
						
																		
						Número: Vol. 1 Núm. 10 (1995)
				
					
															
				
								
			
			
			
							Resumen
						
						La estructuración del modelo de Administración territorial que se configura, a partir de la Constitución de 1978, consta de tres grados: el Estado, las autonomías y las entidades locales gozando todas ellas de autonomía para la gestión de sus intereses. En este artículo el autor se va a centrar en las competencias de las diputaciones provinciales en materia urbanística; analizando sus presentes y también el futuro de las mismas.
Detalles del artículo
																Palabras clave:
							
							
																	competencias, 																	diputaciones, 																	urbanística, 																	legislación															
						
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