Aspectos constitucionales del deber de colaboración con la administración tributaria mediante el suministro de datos de terceras personas
Contenido principal del artículo
							Publicado: mar 23, 2000
						
																		
						Número: Vol. 1 Núm. 24 (2000)
				
					
															
				
								
			
			
			
							Resumen
						
						El actual Estado de Derecho dota a la Constitución no sólo de eficacia programática, sino también de eficacia jurídica. Este principio tiene su reflejo en el Derecho Tributario: los principios constitucionales trascienden al campo del derecho tributario y no sólo en su contenido informador, sino también en el material y formal. El conjunto de normas del llamado Derecho Tributario formal establece un repertorio de deberes de comportamiento a cargo de los sujetos pasivos y de terceros (entre los que se encuentra el deber de suministro de información) que deben de armonizarse con los principios, valores y derechos reconocidos por el Texto Constitucional (el derecho a la intimidad personal y otros conforme veremos)
Detalles del artículo
																Palabras clave:
							
							
																	estado de derecho, 																	constitución, 																	texto constitucional, 																	derecho a la intimidad, 																	derecho tributario, 																	derecho al honor, 																	intimidad personal, 																	familiar, 																	imagen, 																	Ley Fundamental de Bonn, 																	Tribunal Constitucional, 																	libre desarrollo de la personalidad															
						 
						