Algunas consideraciones sobre los planos provinciales de cooperación a servicios municipales
Contenido principal del artículo
							Publicado: mar 20, 1993
						
																		
						Número: Vol. 1 Núm. 04 (1993)
				
					
															
				
								
			
			
			
							Resumen
						
						El modelo de organización territorial que se configura a partir de la Constitución española de 1978, consta de tres niveles: Estado, comunidades autónomas y Administración local (provincias y ayuntamientos). El Estado, dice el art. 137 de la Constitución española, se organiza territorialmente en ayuntamientos y provincias, y en las comuniddes autónomas que se constituyan.
Detalles del artículo
																Palabras clave:
							
							
																	Planos, 																	Ayuntamientos, 																	Provincias, 																	Constitución, 																	Estado, 																	competencias, 																	Diputaciones, 																	Administración, 																	pública, 																	provincial															
						
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