Los rectores carecen de competencia para establecer servicios mínimos en caso de huelga en la Universidad: Orden del Tribunal Constitucional
Contenido principal del artículo
							Publicado: ene  1, 2004
						
																		
						Número: Vol. 1 Núm. 36 (2004)
				
					
															
				
								
			
			
			
							Resumen
						
						Es necesario analizar el contenido y pronunciamientos de esta orden del TC, que rechazó el recurso de amparo formulado por la UNED contra las sentencias de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJ de Madrid del 14 de abril de 1993 y del 11 de diciembre de 1996, también contra las sentencias de la Sala Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior del 9 de abril de 1996 y del 16 de octubre de 2001, que consideraron que el reitor y la gerencia de la UNED carecen de competencia para fijar los ervicios mínimos en caso de huelga en la Universidad.
Detalles del artículo
																Palabras clave:
							
							
																	Tribunal, 																	huelga, 																	Universidad, 																	servicios mínimos, 																	recursos															
						
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